Fin de contrato estando de baja ¿Cuáles son mis derechos?

14 agosto 2022
4 minutos
baja laboral y fin de contrato

Existe el caso en el que el contrato de un trabajador culmine mientras se encuentra de baja por incapacidad temporal. En estos casos, existen muchas dudas e incertidumbre sobre lo que ocurre con el cobro de la prestación por incapacidad temporal o de desempleo. En esta oportunidad, aclararemos todo lo que necesitas saber y los pasos que debes seguir si te encuentras en la situación de fin de contrato estando de baja.  

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¿Si estoy de baja y se me acaba el contrato qué hago? Esta es una de las dudas más frecuentes de los trabajadores en una situación así. Lo primero que debes saber es que, si ocurre un fin de contrato estando de baja, seguirás recibiendo la prestación económica hasta la fecha del alta médica. Sin embargo, la cuantía percibida varía de acuerdo con la causa que originó la baja.

Además, en estos casos de baja laboral y fin de contrato, nos referimos a una baja temporal. La duración máxima de este tipo de bajas es de 365 días. Estos pueden ser prorrogables por 180 más si la persona puede ser dada de alta por curación. En caso de un fin de contrato estando de baja por incapacidad permanente, los derechos de empleados se ven afectados por otro tipo de normativas.

¿Quién me paga si estando de baja se me acaba el contrato?

fin de contrato estando de baja

Cuando un trabajador está de baja laboral, la empresa y la Seguridad Social se encargan de su nómina. Este es un derecho esencial de todo trabajador, ya que para ello se le retiene una cuota de su mensualidad. Esto implica que durante la baja podrá disfrutar de una retribución entre el 60% y el 75% de la base reguladora de su salario.

Pero cuando ocurre un fin de contrato estando de baja, las obligaciones cambian. Una baja por incapacidad temporal no impide que un acuerdo de trabajo llegue a su fin. Por ejemplo, si el contrato estaba estipulado durar tres meses, puede ocurrir una baja a final del tercer. En este caso, el contrato culminará en la fecha acordada previamente. Esto quiere decir que la baja laboral y fin de contrato no se afectan entre sí.

De este modo, una baja laboral no puede obligar a una empresa a extender un contrato próximo a culminar, independientemente de si se trata de Galicia o Andalucía. Para saber quién se hace cargo del pago de salario si ocurre un fin de contrato estando de baja, debemos analizar su origen.

Baja laboral y fin de contrato si la incapacidad fue por enfermedad o accidente no profesional

En caso de que la baja laboral y fin de contrato coincidan con que tienes cotizado más de 360 días, recibirás el paro. De este modo, será el Instituto nacional de la Seguridad Social o la Mutua quién realizará el pago. El tiempo que va desde el fin del contrato hasta el alta médica, se descuenta de la duración de la prestación por desempleo.

Si estoy de baja y se me termina el contrato ¿quién me paga? Se haría cargo la Seguridad Social y a efectos monetarios, se recibe la misma cantidad de dinero para ambos tipos de prestaciones. Sin embargo, al confirmarse el alta médica, el empleado dejará de recibir la prestación por baja, para recibir la prestación por desempleo.

En cuanto a las cotizaciones, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) cotizará durante este período por contingencias comunes. En este conteo incluirá la jubilación, hasta el fin de la prestación por desempleo.

Baja laboral y terminación de contrato si la incapacidad fue por accidente o enfermedad profesional

Si la baja tiene como naturaleza un accidente laboral, el trabajador recibirá la prestación o subsidio que le corresponde. Independientemente de que el contrato finalice, el trabajador recibirá las pagas continuas o puntuales acordadas en su caso.

Además, el tiempo entre el fin del contrato y el alta médica no se descontará de la prestación. Una vez que deje de cobrar la baja por incapacidad, el trabajador empezará a cobrar la baja por desempleo durante los meses que le corresponda. Durante el tiempo en el que el trabajador esté cobrando el paro, el SEPE no cotizará a la seguridad social.

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