Opiniones Aib en Palma
El 1 de enero de 2009 inicia sus actividades la Agencia Tributaria de las Illes Balears (ATIB).
La puesta en funcionamiento de la ATIB, además de dar cumplimiento a las previsiones del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears, en su redacción por Ley orgánica 1/2007, de 28 de febrero, conlleva el establecimiento de un nuevo modelo de organización de la Administración tributaria en las Illes Balears.
La ATIB pretende establecer un criterio unitario de gestión en materia tributaria fundamentado en los principios de objetividad, eficacia, eficiencia y transparencia, con especial atención al servicio a la ciudadanía, a la implantación de las nuevas tecnologías en el ámbito tributario, a la lucha contra el fraude fiscal y a la potenciación de la colaboración con otras administraciones públicas. En este sentido, la ATIB se configura como una entidad con personalidad jurídica propia, con autonomía funcional, financiera y de gestión, y con nueva estructura organizativa ágil, flexible y de calidad, que pueda dar respuesta de manera eficaz e inmediata a las necesidades de los ciudadanos, estimulándolos en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, y haciendo efectivos todos sus derechos y garantías.
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